10 comunas serán municipios
¿y 95 municipios serían comunas?
En Córdoba se anuncia y comunica que su Legislatura unicameral aprobaría tal dinámica institucional atribuyendo y asignando a 10 comunas el rango institucional de municipios, atendiendo que los últimos censos poblacionales provinciales de 2008 y 2010 revelaron que estas diez comunas ya tienen más de dos mil habitantes.
¿Esto es bueno o es malo, acertado o desacertado?
Ni una cosa ni la otra. Es solamente ajustarse y ceñirse a parámetros constitucionales y legales básicamente determinados por el número de habitantes estables existentes actualmente en el ámbito del ejido urbano de cada comuna como de cada municipio, ello conforme guarismos arrojados efectivamente por los últimos Censos de Población y Vivienda Provincial (2008 y 2010) efectuado en cada oportunidad.
Conforme estos dos últimos censos provinciales que tuvieron lugar en la provincia de Córdoba, si bien habría “10 comunas” que pasarían -previa habilitación legislativa, etcétera- a ostentar la categoría institucional de “municipios”, también serían conforme la misma información demográfica estadística “95 municipios los que habrían visto disminuir su población estable en una tendencia consolidada que los colocaría, de hecho, nuevamente en la condición de “comunas” al contar ahora con menos de dos mil personas-habitantes estables, número inferior de personas-habitantes-estables exigido (por los artículos 181 y cc de la Constitución de la provincia de Córdoba y la Ley Orgánica 8.102 (comunas y municipios) para ser “municipio”.
Realidades opuestas:
Bajo esta premisa que nos iguala ante la ley y con esa perspectiva correcta para población, desarrollo humano y economía espacial local-regional, nos encontramos que Vg. dada la escasez de agua potable, de educación, de servicios para la salud, los éxodos urbanos, urbano-rurales, cierre de ramales y estaciones ferroviarias, éxodos industriales, sólo por citar algunas causas posibles, son razón, explicación, justificación, predicción y determinación congruente y suficiente para que -reiteramos- en los hechos que sólo en la provincia de Córdoba, casi 100 municipios debieran de ser considerados comunas y esto, por idéntico imperio de la razón y de la justicia que inspiran la Constitución y la Ley ante todas y cada una de sus 95 realidades opuestas.
Por todo eso y ya en este nuevo siglo, nada acredita, justifica ni se corresponde en absoluto con la absurda coexistencia burocrática y carísima Vg, de entre tres (3) a cinco (5) municipios (devenidos o no: “comunas”) en un mismo radio de entre 10 a 20 kilómetros superponiendo derrochonamente instituciones, despachos municipales, concejos deliberantes, tribunales de cuentas, juzgados de faltas, dependencias policiales, escuelas y colegios, iglesias y parroquias; filiales bancarias oficiales, cooperativas, consorcios camineros, basurales y tales, dichos que por otra parte se corresponden e integran inequívocamente con los pretendidos buenos beneficios supletorios y complementarios que tiene por objeto central la regionalización provincial (programa local-regional que tiene ocupada activamente a toda la provincia de Buenos Aires por estos días), en el caso de Córdoba institucionalizada con su Ley Orgánica 9.206.
Los pasos convenidos:
Preconclusivamente podríamos concluir entonces, que no obstante especulaciones políticas habituales, electoralistas, para mayor manejo de fondos coparticipables o para designación de amigos y parientes -muchos- sin la idoneidad suficiente en todos los cargos nuevos que el paso “comuna a municipio” implica; bueno, así las cosas todo ello se torna inaceptable e inequitativo para todos los habitantes de toda la provincia de Córdoba al tener que continuar asumiendo indirecta e impropiamente tanta ineficacia e ineficiencia traducidas en más y más tasas, contribuciones e impuestos necesarios para sostener realidades institucionales vecinales que -en los hechos- habrían “menguado su jerarquía institucional ‘municipio a comuna’” pero no -ineficaz e ineficientemente- el número de personal municipal, la burocracia (Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, etcétera), la pretensión sobre la coparticipación como tampoco nefastas influencias caciquistas y/o personalistas clientelistas en la adopción de políticas y programas locales y microregionales por caso cordobés, el municipio ahora comuna (?) de Villa del Valle de Tulumba.
Finalmente implementar los mecanismos institucionales pertinentes cuando sólo la demografía legítima o deslegítima, no sólo será propinar un legítimo revés para tanta burocracia municipal, sino alivianar la presión tributaria colectiva provincial recuperando justicia, equidad y espíritu municipal si en verdad perseguimos el bien común que es interés general, fin y límite de todo Estado en cuanto tal.
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