La Municipalidad de Villa General Belgrano comunica a ingenieros civiles, arquitectos y maestros mayor de obras de nuestra localidad, como así también a la población en general, que según la Ordenanza N° 1258/03 (mod 1271/03 Cap. II, III y su artículo 60), las obras futuras o en curso que se desarrollen en nuestra localidad, deberán contar con los planos aprobados de obra y el cartel del profesional actuante. Caso contrario, el municipio deberá proceder a la clausura o multa correspondientes a los requerimientos legales del municipio.
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