La Municipalidad de Villa General Belgrano recuerda los términos del artículo 36, inciso c.21 c) de la Ordenanza Tarifaria N° 1497/08 para el año 2009, que dice…
“Para habilitaciones 60 días previos a la Fiesta Nacional de la Cerveza y hasta su finalización, cualquier habilitación de comercio o anexo de rubro será concedido a criterio del DEM, y en caso de proceder, deberá abonar $ 15.000,- sin importar rubro ni zona. El incumplimiento de este inciso (ejercer actividad sin la debida habilitación de comercio o anexo de rubro) será sancionado con multa de 10 a 20 UBE y clausura inmediata una vez constatada la infracción, con mas lo dispuesto por O.G.I. y Código de Faltas vigente.”
En tal sentido, recuerda los interesados en habilitar comercios o anexar rubros que, el próximo viernes 31 de julio vence el plazo mencionado.
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