La Municipalidad de Villa general Belgrano informa que se encuentra en vigencia la ordenanza 1779/15, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 16 de septiembre con el objetivo de fomentar la recuperación y mantenimiento de los arroyos de nuestra Villa, a fin de preservar la salud y calidad de vida de su población, conservando así mismo, su atractivo turístico.
Esta ordenanza declara de interés municipal la recuperación y conservación de los arroyos que recorren el radio municipal de Villa Gral. Belgrano, a fin de prevenir los efectos negativos de las crecientes, mantener la limpieza y salubridad, evitar la contaminación y posibilitar su uso como vía de comunicación y lugar de interés turístico. Establece a su vez, la restricción de la posibilidad de construir en lotes inundables, delimita las líneas de ribera y de construcción, y prohíbe la modificación del cauce de los arroyos con cualquier obra o movimiento de suelo.
La ordenanza completa con los anexos correspondientes puede descargarse en el siguiente link:
http://www.vgb.gov.ar/municipalidad/wp-content/uploads/2015/12/1779-15-Ordenanza-Conservacion-de-los-Arroyos.pdf
Por otro lado, la Ordenanza 1786/15, sancionada el 11 de noviembre, regula la venta y el uso de la pirotecnia a nivel institucional y domiciliario. Esta ordenanza surgió del proyecto presentado conforme el procedimiento de Iniciativa Popular. La misma establece en qué condiciones estará prohibida su venta, las características que deberán tener los locales que deseen comercializar pirotecnia, así como la documentación que deberán presentar para su habilitación.
La ordenanza completa puede descargarse en el siguiente link:
http://www.vgb.gov.ar/municipalidad/wp-content/uploads/2015/12/1786-15-Ordenanza-PIROTECNIA.pdf
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