Desde el área de Bromatología, dependiente de la Dirección de Control de la Municipalidad de Villa General Belgrano, se recuerda al público en general que se encuentra en vigencia la ordenanza número 1615/10 que regula la denominación de Villa General Belgrano en las etiquetas de diferentes productos alimenticios que se expenden dentro del ejido de la localidad.
Dicha ordenanza permite utilizar la expresión genuino Villa General Belgrano sólo en alimentos envasados y elaborados por productores locales dentro del ejido, quedando prohibido el uso de dicha expresión en todo producto envasado que no sea elaborado en la localidad.
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