La Municipalidad de Villa General Belgrano recuerda a los vecinos la vigencia de la ordenanza 1786/15, que regula la venta y uso de artículos de pirotecnia.
En dicha legislación, se entiende por artículos pirotécnicos todos aquellos susceptibles de producir estruendo o efectos fumígenos o luminosos, elaborados con explosivos o sustancias similares.
La legislación establece la prohibición de la venta de artículos de pirotecnia a menores de 14 años y la prohibición de la venta en la vía pública de cualquier tipo de elemento de Pirotecnia. A su vez se detallan las características que deben tener los locales que estén interesados en comercializarla y la documentación que deben presentar para su habilitación. En sus artículos finales, la Ordenanza regula el uso domiciliario y a nivel institucional de la pirotecnia, así como las sanciones relacionadas a su incumplimiento.
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