Recursos Naturales Cordobeses

07-09-2011, 2:36 pm, Cordoba

Recursos Naturales Cordobeses

En las últimas décadas, el entorno natural ha sufrido una gran degradación ambiental como consecuencia de la actividad y desaprensión humanas. El precio del desarrollo económico-tecnológico se refleja en severos problemas y padecimientos medioambientales como el calentamiento global, la reducción de la capa de ozono, la contaminación del agua y el aire, la erosión de la tierra y la deforestación los que requieren soluciones inmediatas que debieran traducirse en la principal preocupación transversal de los gobiernos, de los responsables de las políticas públicas como de la ciudadanía en general, no sólo de las ONG´s.

Baste señalar que constitucionalmente, todas las personas gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de generaciones futuras, (Art. 41 CN.).
En Córdoba concretamente su Carta Magna proclama que: “el agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la provincia” añadiendo que el “Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico sin discriminación de individuos o regiones” (Art. 66 CP.).
La manda constitucional no olvidó ni omitió lo concerniente al daño ambiental estableciendo que generará prioritariamente la obligación de recomponer atribuyendo la misma a las autoridades en la medida que no prevean la protección del derecho a dicho ambiente sano, equilibrado y apto para todo el desarrollo humano incurriendo en imprevisiones inexcusables para la preservación del patrimonio natural, de la diversidad biológica, de la flora y de la fauna; en la omisión de información, prevención y educación ambiental adecuadas, veraces y oportunas.
La constitución provincial ha ido aún más lejos al hablar también de recuperación de recursos naturales previendo para ello la asignación prioritaria de medios suficientes.
Nuestras adversas realidades naturales no son nuevas como tampoco lo son los dispositivos constitucionales que nos obligan imperativa y prioritariamente ya que, obviamente, sin aire, sin agua, sin tierra ni recursos naturales en general, nada queda por hacer, nada para decir, nada para escribir, nada para vivir.
En Córdoba la creciente contaminación del aire, los tristemente pavorosos incendios anuales serranos, la escasez del agua por desinversión (Vg., se cumplen 120 años del lago San Roque), la deforestación en general y de flora autóctona en particular ni son nuevas ni obedecen o derivan de una súbita e imprevisible erupción como la del volcán chileno Puyehue ni suceso semejante.
Consecuentemente entonces, la ignorancia, subestimación y/o desdén de las autoridades respecto de elementales tendencias ecológicas como asimismo de

sus peores consecuencias, resultan hoy no solo constitucionalmente reprochables sino absoluta y definitivamente inadmisibles, inaceptables.
Paradójicamente, en la factura de energía eléctrica de modo directo y mediante una ley provincial se nos impone otra tasa con la afectación especifica para una invocada prevención eficaz y lucha eficiente contra recurrentes y expandidos incendios provinciales; impropiamente denominado: “impuesto al fuego”.
Si bien esto ha mejorado objetivamente la capacidad de lucha contra él fuego, cabe señalar que en nada ayuda la gran insensibilidad de una sociedad que arroja latas, que tira colillas encendidas, que deja cenizas de carbones mal apagados, etc., insensibilidad que potenciada con sequías y vientos suelen provocar alguno de esos enormes incendios de los que el Estado no siempre -casi nunca- puede identificar a sus responsables para iniciarle las acciones correspondientes.

Asignación de recursos y de responsabilidades:

Ahora y ante la tremenda realidad de otro estrago ígneo en nuestras serranías con impensables e inconmensurables consecuencias, útil seria conocer del lector, de cada persona-vecino-ciudadano y contribuyente cordobés, independientes y responsables … ¿que prefiere, que elige?
Un postergable centro cívico, obra pública, el faro del bicentenario y todo el “progreso” material cordobés (que se vota) o, aire puro, agua potable y cloacas para todos, suelos cultivables, forestables, flora, fauna, paisajes y seguridad ambiental que no se votan pero que nos permiten más que un derecho pues nos permiten vivir y convivir dignamente para gozarlo con elemental solidaridad intergeneracional.
Finalmente quedó claro como la asignación ejecutiva de recursos públicos provinciales definió criterio, pertinencia y responsabilidad en su administración sin perjuicio de la estupidez de parte de nuestra sociedad civil que en cada caso personal deberá asumir sus propias e intransferibles responsabilidades y resarcimientos naturalmente recompositivos.

Roberto Fermín Bertossi
Docente, Investigador,
Profesor universitario.

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