La Municipalidad de Villa General Belgrano informa que se encuentra vigente desde el 23 de noviembre de 2010 la Ordenanza número 1610-10 denominada: “Modificatoria Ordenanza Transporte Escolar”. La misma surge con el objeto de prevenir accidentes y regular aquellas empresas de transportes que se encuentran funcionando actualmente.
En la legislación se detallan los requisitos para la habilitación del servicio, condiciones que debe cumplimentar el personal a cargo de las unidades, características que debe tener cada móvil y los requerimientos técnicos del vehículo. El detalle de los mismos puede ser solicitado en la Dirección de Control Municipal.
Cada unidad habilitada contará con una chapa que será provista y entregada gratuitamente por el municipio. Se dispondrá de siete chapas, de las cuales cinco ya están en trámite y dos se encuentran disponibles. Estas chapas deberán estar colocadas en forma permanente, en el frente y parte trasera del vehículo, junto a la patente del mismo, quedando prohibido el cambio de chapa de una unidad a otra sin la tramitación correspondiente.
Por otro lado, todos los años se realizará un control anual obligatorio con un costo según Ordenanza Tarifaria, a fin de supervisar que cada Transporte Escolar habilitado cumpla con la normativa vigente. Este control se efectuará durante el mes de febrero, antes del inicio del ciclo lectivo.
Se solicita a aquellas personas interesadas en brindar el servicio de transporte escolar acercarse hasta la oficina de control de lunes a viernes de 8 a 13 horas, para informarse acerca de los requisitos necesarios y términos de la entrega de chapas.
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